sábado, 23 de diciembre de 2017

Canfora Luciano.-El mundo de Atenas:XXXII. DESPUÉS DE LA GUERRA CIVIL: EL DEBATE CONSTITUCIONAL

 1 

En su historia constitucional de Atenas, Aristóteles dedica un importante espacio a las dos crisis que interrumpieron la continuidad del orden democrático.[1053] No sigue, como es obvio, paso a paso el hilo de los acontecimientos, si bien dedica cierta atención a los aspectos militares de la guerra civil. Le preocupan los actos relativos a la modificación y restauración del orden, y por tanto también las disposiciones (cap. 39) y la ingeniería institucional (caps. 30 y 31). No menos interés le dedica al choque entre las facciones y a sus orientaciones político-constitucionales: señala las distintas posiciones que, según su conocimiento, se enfrentan en el momento de la capitulación (34, 3), y señala el papel de freno que Arquino ejerció respecto de las amenazas de excesos y venganzas tras la restauración democrática (40). No habla explícitamente de discusiones sobre el tipo de ordenamiento a adoptar, una vez hubieran regresado a la ciudad «los del Pireo». Dice que «el pueblo, de nuevo dueño (κύριος) de la vida pública (τῶν πραγμάτων), instauró el ordenamiento actualmente vigente» (41, 1). Alude al hecho de que ello sucedió después de una deliberación. Lo dice con una frase que, a pesar de que en el papiro aparece defectuosa, suena claramente así: «Parece justo[1054] que el pueblo recuperase la politeia [= el orden estatal en sus aspectos institucionales y de praxis política] porque el pueblo gracias a sus propias fuerzas (δι᾿αὑτοῦ) había conseguido volver». Precisa además, en el ámbito de la misma noticia, que esta decisión fue tomada «cuando aún era arconte Pitodoro», es decir el arconte de 404/403, cuyo nombre fue borrado, tras la restauración, y sustituido, como sabemos, por Jenofonte,[1055] con la indicación «ningún arconte» (ἀναρχία), porque Pitodoro había ejercido el cargo bajo el régimen de los Treinta y, después, de los Diez.
La información es preciosa. En el breve lapso de tiempo entre el regreso en armas de Trasíbulo y los suyos (ceremonia en la Acrópolis y discurso sobre los «perros encadenados»)[1056] y la supresión del nombre de Pitodoro como consecuencia de la sancionada y formalizada restauración democrática, fue una discusión acerca de la oportunidad o no de restaurar sic et simpliciter el orden preexistente restituyendo al demo el dominio de la politeia.[1057] En ese contexto, y por efecto de tal discusión, parece justo que ello sucediese —tal fue el argumento absolutamente parcial sino completamente falso— dado que «el pueblo había vuelto a la ciudad gracias (únicamente) a sus propias fuerzas».
Se ha objetado que Aristóteles había dicho poco antes[1058] que el pacto de pacificación había tenido lugar «bajo Euclides», es decir bajo el arconte de 403/402. No hay motivo para intervenir modificando el texto.[1059] Se debe comprender, en todo caso, y saber apreciar la noticia.[1060] Aristóteles se refiere, con mucha probabilidad, a una discusión que tuvo lugar inmediatamente después del regreso, podríamos decir, quizá, inmediatamente después del discurso de Trasíbulo.
Más allá de todo, es oportuno recordar que Euclides debió asumir el cargo más tarde, dado que la capitulación de los Diez y la entrada de Trasíbulo en la ciudad sucedieron en septiembre de 403.[1061] Por tanto retroactivamente, y por mera fictio iuris, Euclides cubrió el año entero,[1062] y sólo en virtud de esta fictio iuris se puede decir (así será escrito en el documento oficial) que el tratado de paz (αἱ διαλύσεις) había acontecido bajo su mandato.[1063] Por eso resulta del todo lógico que Aristóteles diga que la deliberación fundamental sobre la restauración del régimen preexistente, necesariamente ocurrida apenas verificado el «regreso a la ciudad», sucede «aún bajo Pitodoro».

 2

La preciosa noticia aristotélica, relativa a una discusión pública en la que se impuso el principio de que el pueblo se había liberado por sus propias fuerzas y que, por tanto, merecía la restitución del pleno poder del que gozaba antes del advenimiento de los Treinta, está en relación con las informaciones con las que Dionisio de Halicarnaso introdujo una larga cita de un discurso de Lisias que se suele titular «Sobre la no abolición de la constitución tradicional en Atenas», el llamado discurso XXXIV.[1064] Dice Dionisio en esa página introductoria:
El argumento de este discurso es que no se debe derrocar la patrios politeia en Atenas. En efecto, cuando el pueblo [= la parte popular políticamente activa y agrupada bajo el mando de Trasíbulo] volvió a la ciudad y votó la aceptación pacífica y la aprobación de la propuesta de amnistía, surgió el temor de que de nuevo la masa popular se ensañara contra los ricos en cuanto hubiera recuperado su antiguo poder supremo. Hubo muchas discusiones.[1065] Un tal Formisio, que había vuelto a la ciudad junto con la parte popular, presentó una propuesta cuyo núcleo era: de acuerdo con el regreso de los exiliados, pero la ciudadanía [= la plenitud de los derechos políticos] no debe concedérsele a todos, sino sólo a quien resulte propietario de tierras; y agregaba que éste era asimismo el deseo de los espartanos.
Si esta propuesta hubiera sido aprobada, cerca de cinco mil atenienses habrían sido excluidos de la participación en la vida pública.
Con el fin de que tal cosa no sucediese, Lisias escribió este discurso, por encargo de un político prominente.
No se sabe si el discurso fue efectivamente pronunciado; en todo caso, surgió sin duda de un debate real.
El dato más evidente que se deduce de esta página, y que concuerda con lo que dice el pasaje de Aristóteles, es que: 1) inmediatamente después del «regreso a la ciudad» hubo un periodo de incertidumbre sobre el orden a seguir; 2) hubo discusiones acerca de ese punto; 3) alguien intentó que se aceptaran limitaciones en el acceso a la ciudadanía como instrumento orientado a tranquilizar a «los ricos». Fue Formisio quien dio forma a propuestas de ese tipo. Dado que Dionisio se remite constantemente a la atidografía para comentar la oratoria,[1066] todo hace pensar que también aquí haya una fuente atidográfica como base.

 3

El hecho de que, en cualquier caso, la restauración de los ordenamientos preexistentes no haya sucedido de una vez sino como efecto de un no breve proceso político-legislativo se deduce claramente, también, de la detallada noticia de Andócides sobre el procedimiento con que se llegó, bajo Euclides (403/402), al decreto de Tisámeno.[1067] Estipulado el pacto de paz —recuerda puntillosamente Andócides— elegisteis un comité de veinte personas con el encargo de «cuidar de la ciudad hasta que se establecieran nuevas leyes» y de «basarse, mientras tanto, sólo sobre las de Solón y de Dracón»; pero «cuando, más tarde, sorteasteis la nueva Boulé de los Quinientos os disteis cuenta de que muchos, por lo que habían hecho últimamente, resultaban imputables según las leyes solonianas y también según las de Dracón»;[1068] entonces «convocasteis una asamblea que decidió un nuevo examen de todos los textos legales y las exposiciones en el pórtico de aquellos textos que hubieran superado el examen». (Es precisamente el decreto de Tisámeno el que estableció esto, y Andócides lo transcribe por entero). Se ve entonces claramente cuán accidentado ha sido el proceso de restauración democrática: a partir de esa discusión de base, a la que hace referencia Aristóteles, sobre el hecho mismo de proceder a tal restauración plena.
Lo cierto es que no todos aquellos que, antes o después, se habían alineado con Trasíbulo estaban de acuerdo acerca de este punto fundamental: la integración de los «teramenianos» del tipo de Formisio en el campo de los «liberadores» —como se los denominaba entonces— introducía un nuevo freno.

 4

Formisio era un personaje bien conocido por Aristóteles: era, según un divulgado pasaje de la Constitución de los atenienses, un exponente de la facción terameniana, junto con Arquino, Anito y Clitofonte.[1069] Por tanto, es más que probable que, tras la ruina de Terámenes, Trasíbulo encontrase la ocasión de volver con él a la ciudad. Es igualmente verosímil que, una vez regresado, impulsara propuestas encaminadas a evitar que se recayese en una antigua praxis democrática («en el antiguo y excesivo poder popular», dice Dionisio). Podía, entonces, ser suya una propuesta a la que se refiere Dionisio, que corría el riesgo de producir la exclusión de una parte no pequeña de la población más pobre del derecho de ciudadanía. (No sabemos si eran en verdad cinco mil, cifra que nos encontramos frecuentemente con otro valor). La peculiaridad de la propuesta era —según la interpretación de Dionisio— vincular la ciudadanía a la propiedad de la tierra (no importa, evidentemente, en qué medida). Es un unicum en la historia ateniense. Si Dionisio refiere exactamente lo que encontraba en sus fuentes (o incluso en las partes del discurso que no transcribe) se debe concluir que los indigentes y el pueblo vinculado a los oficios del mar quedaban fuera. Hay quien ha pensado que la medida pretendía, sobre todo, perjudicar a los clerucos[1070] de Atenas, que volvían en masa ahora que el imperio se había terminado, y eran auténticos «sin tierra».[1071] Pero la documentación de la que disponemos nos hace dudar de que en 404, en el momento de la capitulación, los clerucos obligados a volver alcanzaran una cifra tan elevada. Una cifra (cinco mil) que reaparece en los acontecimientos atenienses de finales del siglo V, con las funciones más diversas: de los cinco mil acomodados que se pretendían como cuerpo cívico restringido en 411 a los cinco mil echados por los Treinta en 404, a los que alude Isócrates cuando, en el Areopagítico, evoca las fechorías de ese gobierno.[1072]
Pero es precisamente la cifra de cinco mil la que, en el caso que nos ocupa, no cuadra si se entiende como la entendía Dionisio. Hacia el año 400 se estima que los «tetos» (indigentes) eran en torno a once mil (Gomme, The Population of Athens). Cinco mil es una cifra imposible en referencia a la población no propietaria del Ática. Por eso Gomme, en su célebre estudio demográfico (p. 27), sugirió que en la base de las noticias aportadas por Dionisio había una confusión con los cinco mil «best citizens» de las constituciones preferidas por los oligarcas.

5

El discurso que Dionisio creía redactado por Lisias, aunque pronunciado por algún político eminente,[1073] habría sido, según el propio Dionisio leía en sus fuentes, la intervención que había puesto freno al intento restrictivo de Formisio. Pero el texto que Dionisio transcribe a continuación en su valiosa introducción presenta algunos problemas serios.
Dionisio considera que se trata de un único discurso. Como veremos, en cambio, es posible que Dionisio haya transcrito el principio de una intervención y el final de otra, que acaso se encontraban bajo el mismo rótulo. Pero si los discursos son dos y, como queda claro, de orientación opuesta, se corre el riesgo de cambiar radicalmente las interpretaciones de ambos, del primero sobre todo.
Dionisio tenía algunas dudas acerca de la interpretación de los acontecimientos, como se demuestra ya en el «título» (o, mejor dicho, en el sumario sintético) que esbozó para este discurso: «Contra el derrocamiento de la patrios politeia en Atenas». Esta fórmula es un intento aproximativo de dar cuenta del objeto de la disputa en la que habría intervenido el «político importante», fuerte del discurso preparado por Lisias. El presupuesto es que patrios politeia es la democracia. En realidad patrios politeia («orden tradicional») era una fórmula adoptada con significado diverso por fuerzas de muy distinta orientación.
Es muy posible, obviamente, que quien, en esa discusión, abogó por la plena restauración democrática haya definido tal orden como patrios politeia. Según Diodoro, el propio Trasíbulo habría proclamado que no dejaría de combatir a los Treinta «hasta que el demo no haya recuperado la patrios politeia»:[1074] pero Diodoro, es decir Éforo, siempre es sospechoso de haber querido «teramenizar» la restauración democrática y sus artífices. En cualquier caso, ninguna referencia o reclamo a la patrios politeia figura en el discurso que transcribe Dionisio, y por tanto es lícito preguntarse cómo llegó a formular ese título-sumario: «Contra el derrocamiento de la patrios politeia en Atenas». Dionisio, por otra parte, conservó en el tratado Sobre Demóstenes (Opuscula, I, pp. 132-134 Usener-Radermacher) un pasaje de Trasímaco de Calcedonia en el que se sacaba a la luz la presencia de la fórmula patrios politeia en la elocuencia y en los programas de oradores de tendencias opuestas: «En primer lugar demostraré», escribía Trasímaco, «que quienes, entre los oradores políticos y todos los demás, están en desacuerdo entre sí, cuando hablan, deberían sufrir lo que toca necesariamente a quienes disputan sin razón; en efecto, en la convicción de sostener los unos argumentos contrarios a los otros no se dan cuenta de que todos persiguen un resultado idéntico y que la tesis del adversario está comprendida en el propio discurso. Examinad desde el principio aquello que buscan tanto uno como otros: en primer lugar creen ver motivos de discordia en la constitución de los padres (patrios politeia), a pesar de que ésta es perfectamente accesible a la conciencia, y bien común de todos.»[1075]
Pero no es sólo la ambigüedad del «título», o mejor dicho de la definición dada por Dionisio del argumento tratado. Hay también una contradicción sustancial entre la primera y la segunda parte. En la primera [§§ 1-5], quien habla parece combatir una propuesta de limitación de la ciudadanía en detrimento de los propietarios, con el argumento, entre otros, que es mejor no molestar a los espartanos (§ 4: «seréis de mayor provecho para los aliados»). En la segunda, quien habla combate con gran pasión la posición de aquellos que se preguntan «¿Qué salvación habrá para nosotros si no hacemos cuanto nos exigen los espartanos?», y replica con fuerza invitando a éstos a formular la pregunta de este modo: «¿Qué le sucederá al pueblo si hacemos lo que ellos pretenden?»; después de lo cual prosigue con aliento patriótico la resistencia contra los espartanos, como ya hicieron los argivos y los mantineos (§§ 6-7).
Está claro que 1-5 y 6-11 son dichos por dos personas distintas, una serena y acomodada a la situación concreta (que pide no incomodar a los «aliados», es decir, en 403, a los espartanos), la otra apasionadamente patriótico-retórica (que no se arredra frente a la hipótesis bastante improbable de un choque con los espartanos). Dionisio debió de leer el principio del primero y el final del segundo discurso y creyó que eran el principio y el fin del mismo discurso; por eso hizo una síntesis errada.
El primer discurso se abre con la aguda observación según la cual aquellos que hicieron la propuesta sometida a debate han colaborado con «los del Pireo» pero tienen los hábitos mentales propios de «los de la ciudad» (es decir, de los Treinta y sus secuaces): tienen, en efecto, unos hábitos mentales dados a la proscripción. ¿A quién pretendían proscribir, es decir, echar de la ciudadanía? A los propietarios de tierras. Por eso el orador pasa a desarrollar sus argumentos en defensa de los propietarios amenazados de quedar excluidos de la ciudadanía: a) os priváis de hoplitas y de jinetes no menos preciosos para la democracia que las naves; b) no es verdad que durante las dos oligarquías los propietarios hayan estado en el poder con los oligarcas, incluso algunos de ellos fueron perseguidos (y de hecho el pueblo les ha reintegrado siempre sus posesiones). Argumentos de este tipo no pueden desarrollarse sino contra un proyecto dirigido a excluir a los propietarios de la plena ciudadanía, y no —como creyó Dionisio— contra un proyecto encaminado a limitar la ciudadanía solamente a los propietarios. Quien habla aquí expresa la voz de los propietarios que se han posicionado en contra de los Treinta durante la guerra civil, y que debido a eso serían «castigados» por una medida injusta; recurre además a un argumento que echa luz sobre la división que subsistía en el seno de la clase propietaria: los oligarcas —dice— se verían complacidos por una medida como ésa, porque de ese modo os podrían coger «sin aliados» (y tales son precisamente aquellos propietarios que en la guerra civil se habían posicionado contra la oligarquía).
La propuesta que se estaba debatiendo, y que castigaba a los propietarios en general, parece entonces una réplica radical —típica del primer momento posterior a la guerra civil— de la ráfaga de atimias infligidas a quienes, en 411, habían colaborado con los Cuatrocientos.

 6

Si en verdad fue así como sucedieron las cosas quedan aclarados varios puntos. Ante todo, se desvanece la idea de que haya existido una propuesta limitadora de la ciudadanía vinculada al requisito de «poseer tierra». En la larga historia ateniense de la lucha en torno a la posesión de la ciudadanía esto sería un unicum que contrasta con el criterio básico propuesto en todas las otras ocasiones, es decir el del censo. En cambio, una vez entendido correctamente el sentido primero del discurso se comprende que, en esas asambleas a las que se refiere Aristóteles, se había lanzado alguna propuesta punitiva ultrademocrática para excluir a los grandes propietarios de tierras, es decir, a la clase más rica (en el espíritu del discurso sobre los «perros encadenados»), y que el primer orador de este conjunto de discursos contrastó la iniciativa argumentando que también los ricos propietarios habían sido «patriotas». El orador podría ser, en tal caso, el propio Formisio, cuyo nombre Dionisio encontraba registrado como protagonista de aquellos acontecimientos.
Se comprende mejor la referencia a la patrios politeia, que Dionisio no puede haber inventado por completo. Precisamente, a propósito de Formisio dice Aristóteles, al incluirlo entre los teramenianos empeñados en oponerse a la decisión de Lisandro de imponer el gobierno de Critias, que, en el momento de la derrota y de la capitulación, este grupo «apuntaba a la patrios politeia».[1076] Es evidente que el primer orador (Formisio, probablemente) buscó contrastar la propuesta radical-antiplutocrática encaminada a excluir a los grandes propietarios de la democracia restaurada con el argumento de que así se hería mortalmente a la patrios politeia.
Naturalmente no sabemos por qué, en el rollo del que disponía Dionisio, este discurso de Fromisio figuraba junto a un texto, de orientación opuesta, atribuido a Lisias. Probablemente Lisias se había expresado o bien en forma de panfleto o con un auténtico discurso (en los primeros días del regreso de los exiliados nadie podía impedir a uno de los financiadores de Trasíbulo hablar en la asamblea, aunque fuera extranjero: sea cual sea la fecha exacta del decreto de Trasíbulo que extendía la ciudadanía), y había desarrollado esos argumentos radical-patrióticos que leemos en los §§ 6-7. Dado que su blanco era el discurso demasiado moderado e independiente de los espartanos que Formisio había pronunciado en aquella ocasión, los dos textos fueron, en cierto punto, unidos. El discurso del segundo orador (es decir, Lisias) respecto a la otra intervención (Formisio) parece versar no tanto sobre el mérito de la propuesta a la que Formisio se opone, sino sobre la independencia frente a los espartanos: sobre el hecho de que Formisio sabía muy bien que Pausanias, por aversión a Lisandro, había sido el artífice de la liquidación del gobierno oligárquico, y por tanto de la restauración del orden preexistente. (Aunque quizá a Pausanias le hubiera gustado una moderada patrios politeia,[1077] mientras Trasíbulo y Lisias y muchos otros pretendían una democracia plenamente restaurada).

Por eso el núcleo de los argumentos desarrollados por el segundo orador es: no debemos aceptar ninguna tutela espartana y, si fuera necesario, estamos dispuestos a enfrentarnos también a ellos (abierta insensatez extremista). ¿Esta impostura no es acaso la que Aristóteles, en su breve referencia, dice que se afirmó y fue asumida como premisa para la plena restauración democrática? «El pueblo se ha liberado con sus propias fuerzas»: por tanto no debemos nada a Pausanias ni a los espartanos. Ésta es la posición del segundo orador, ésta es su idea fundamental: favoreció claramente la restauración democrática, aun cuando, obviamente, la propuesta de reducir la atimia a los propietarios, tradicionales sustentadores de la oligarquía, fuera dejada de lado. Quizá, también, gracias a Formisio.

 [1053] Constitución de los atenienses, 29-41. <<
[1054] Δοκοῦντος δικαίως (o quizá δικαίου). <<
[1055] Helénicas, II, 3, 1. Lo apreciaron acertadamente Wilamowitz y Kaibel (en la edición del papiro aristotélico) cuando propusieron que debía figurar aquí, después del nombre de Pitodoro, una referencia a su posterior damnatio. <<
[1056] Cfr., más abajo, cap. XXX. <<
[1057] La expresión clave es κύριος τῶν πραγμάτων γενόμενος. <<
[1058] Constitución de los atenienses, 39, 1. <<
[1059] Blass proponía poner el nombre de Euclides en el lugar del de Pitodoro también en 41, 1. <<
[1060] Las consideraciones más sensatas son las de J. P. Rhodes (A Commentary on the Aristotelean Athenaion Politeia, Oxford University Press, 1981, pp. 481-482) y sobre todo de Mortimer Chambers (Aristoteles, Staat der Atener, Akademie Verlag, Berlín, 1990, pp. 323-324). <<
[1061] Cfr. H. Bengtson. Griechische Geschichte, Beck, Múnich, 19775, p. 260. <<
[1062] El año ático comenzaba en junio-julio. El arconte de la oligarquía, Pitodoro, permanecerá en el cargo por prorogatio, pero obviamente eso también fue formalmente borrado con la casación misma de su nombre. Se refiere a ello Mortimer Chambers en el comentario (op. cit., p. 324). <<
[1063] Por otra parte, Jenofonte (Helénicas, II, 4, 38), cuando se refiere a los términos del tratado de paz, no dice que haya tenido lugar «bajo Euclides». <<
[1064] Sobre Lisias, 31-32. Los tres discursos de los que Dionisio aporta exempla al final de su breve tratado sobre Lisias son ubicados como coda al corpus conservado en el códice Palatino de Heidelberg gr. 88. <<
[1065] Καὶ πολλῶν ὑπὲρ τούτου γενομένων λόγων. <<
[1066] Cfr. Primera carta a Ammeo, 9, y Dinarco, 3. <<
[1067] Andócidas, «Sobre los misterios», 81-84. <<
[1068] Baste pensar en el malestar creado por los numerosos delitos de sangre. <<
[1069] Constitución de los atenienses, 34, 3. Formisio era también el hazmerreír de los cómicos por hechos no políticos, como por ejemplo su barba particularmente tupida (Aristófanes, Ecclesiazuse, 95-97). En Las ranas, Aristófanes incluye a Formisio entre los «discípulos» de Esquilo (965) y a Terámenes entre los de Eurípides (967), cosa que no concuerda con lo que dice Aristóteles. <<
[1070] Ciudadanos radicados en las islas dominadas por Atenas, pero que conservaban la ciudadanía ateniense. <<
[1071] Wilamowitz, Aristoteles und Athen, op. cit., I, p. 228. Expresaron su perplejidad ante esta hipótesis A. W. Gomme, The Population of Athens in the Fifth and Fourth Centuries B. C., Blackwell, Oxford 1993, p. 27, y M. Finley, Studies in Land and Credit in Ancient Athens, Rutgers University Press, Nueva York, 1951. <<
[1072] Aeropagítico, 67: «Condenaron a muerte, sin juicio, a 1500 ciudadanos, y exiliaron en El Pireo a más de 5000». <<
[1073] A tal punto inexperto en oratoria política, sin embargo, como para hacerse escribir el discurso por un logógrafo. Al propio Dionisio esto no le pareció del todo creíble y por eso lanza la hipótesis de que el discurso de Lisias fuese ficticio («no sabemos si fue en verdad pronunciado»): quizá se trató de un pamphlet en forma de discurso a la asamblea. <<
[1074] Diodoro, XIV, 32, 6. <<
[1075] Edición de Mario Untersteiner, Sofisti, III, La Nuova Italia, Florencia, 1954, p. 29. <<
[1076] Constitución de los atenienses, 34, 3. <<
[1077] No olvidemos que en los primeros tiempos se atuvieron a las «leyes de Solón» (Andócides, «Sobre los misterios», 81). <<

No hay comentarios:

Publicar un comentario